Responsabilidad del editor de un sitio de internet frente a los dichos en su foro
En marzo de 2006 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional desestimó una demanda por calumnias e injurias iniciada por un empresario a los propietarios y editores de un sitio de internet de temáticas económicas. El empresario inició la causa ya que en el foro del sitio habían aparecido dichos de anónimos con injurias y calumnias en contra del empresario. Finalmente, la demanda fue desestimada. El fallo señalaba lo siguiente: "Es necesario, con relación a la conducta del director o editor responsable, que se halle acreditado que aquel tuvo conocimiento previo del material publicado y que estuvo en condiciones de evitar la publicación." El fallo entendió que los dichos en el foro estaban protegidos por el artículo 14 de la Constitución Nacional, y con respecto al art 113 del Códido Penal, los jueces entendieron que no basta la compribación del carácter ofensivo de la publicación.
Link a nota del caso en el Dairio Judicial
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